Exportación
1. El importador define con el proveedor extranjero (fabricante de juguetes), las condiciones en que le va a comprar y se emite la orden de compra (*1), donde se especifican todas las condiciones de la transacción.
2. El importador le entrega copia de la orden de compra a CAPITAL TRADE, indicándole la fecha en que la mercadería debe estar en su bodega.
3. CAPITAL TRADE (CT), contacta al banco, donde se establecen las condiciones en que se hará la operación. CT puede tener pactado previamente un tarifado con el banco, salvo que el cliente haya establecido sus propias condiciones con el banco comercial y éstas sean más convenientes. Se asigna la operación al banco comercial.
4. CAPITAL TRADE contacta al agente de carga y se establecen las condiciones del transporte, desde la bodega del proveedor externo hasta la bodega del cliente chileno, de acuerdo a lo pactado en la orden de compra y listado de empaque y se verifica la ETA (fecha estimada de arribo). Se asigna la operación al agente de carga.
5. CAPITAL TRADE contacta a la compañía de seguros y/o corredor de seguros para definir los términos y condiciones de la póliza que cubrirá el embarque, así como el condicionamiento particular y general que afectará a la mercadería en cuestión. Se asigna la operación a la cía de seguros.